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Apóyenos

Apóyenos y adopte la construcción de un puente:

Con frecuencia recibimos solicitudes de puentes peatonales rurales que comunidades reportan desde los rincones mas apartados de Colombia. Su donación será destinada a co-financiar los materiales de alguno de esos proyectos donde verifiquemos que existe una necesidad comprobada de alto impacto social y las condiciones adecuadas para apoyar alguna comunidad campesina ó indígena. Usted será informado de los avances durante de todo el proceso constructivo hasta finalizar la construcción y puesta en servicio del puente que usted adopte. Si tiene alguna inquietud o sugerencia relacionada con donaciones, escríbanos a donaciones@puentesdelaesperanza.org 

 

Certificado de donación:

Si usted ó su organización lo requieren, Fundación Puentes de la Esperanza emitirá un "Certificado de Donación" válido para efectos de reconocimienro fiscal y deducción de impuestos (articulo 125 - 3D Estatuto Tributario Colombiano).

 

Protección y Respaldo a su aporte:

Los recursos económicos que usted ó su organización aportan, son supervisados por nuestra Revisoría Fiscal siguiendo las normas y legislación vigentes para la recepción de recursos y legalización de los mismos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Todos los excedentes de nuestro ejercicio contable son invertidos cada año en nuevos proyectos de puentes peatonales para zonas rurales marginales. Estamos registrados como una organización civil ante la Cámara de Comercio de Bogotá y adicionalmente somos vigilados por la Oficina de Entidades sin Ánimo de Lucro de la Alcaldía Mayor de Bogota.

Donaciones

Realice su aporte por medios electronicos o mediante consignacion bancaria.

Haga sus donaciones a través del sistema ACH

 

 

Haga sus donaciones a través de la App Bancolombia,código QR.

 

 

Bonos

Para ocasiones especiales, regale un Bono de donacion ayudando a constrir un puente.

Bonos

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Si usted ó su organización lo requieren, Fundación Puentes de la Esperanza emitirá un "Certificado de Donación" válido para efectos de reconocimienro fiscal y deducción de impuestos (articulo 125 - 3D Estatuto Tributario Colombiano).

Protección y Respaldo a su aporte:

Los recursos económicos que usted ó su organización aportan, son supervisados por nuestra Revisoría Fiscal siguiendo las normas y legislación vigentes para la recepción de recursos y legalización de los mismos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Todos los excedentes de nuestro ejercicio contable son invertidos cada año en nuevos proyectos de puentes peatonales para zonas rurales marginales. 

Vigilancia

Estamos registrados y regulados por la Cámara de Comercio de Bogotá y adicionalmente somos vigilados por la Oficina de Entidades sin Ánimo de Lucro de la Alcaldía Mayor de Bogota.